Modelo 390: qué es, quién lo presenta y cómo se rellena

El modelo 390 es el resumen anual informativo del IVA. No se paga nada con él, pero tiene que cuadrar con tus cuatro 303 del año. Te explicamos quién lo presenta y cómo evitar descuadres.

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El modelo 390 es el resumen anual del IVA. Es una declaración informativa: con ella no se paga ni se devuelve nada, porque el IVA ya se ha liquidado trimestre a trimestre en los modelos 303. Su función es dar a Hacienda una foto completa del año y, sobre todo, que esa foto cuadre con lo que fuiste declarando en cada trimestre.

Entenderlo así quita presión: el 390 no es un impuesto nuevo de enero, es el recuento de un trabajo que, si lo has llevado al día, ya está hecho.

Qué es el modelo 390

Es la declaración anual que resume todas las operaciones con IVA de un ejercicio: el IVA repercutido (el que cobraste a tus clientes) y el IVA soportado (el que pagaste en tus compras y gastos), desglosado por tipos y por tipo de operación. No genera ingreso ni devolución; el resultado económico del año ya se cerró en el 303 del cuarto trimestre.

Quién está obligado a presentarlo

Con carácter general, están obligados todos los sujetos pasivos de IVA que presentan autoliquidaciones periódicas: es decir, prácticamente cualquier autónomo o empresa que presenta el modelo 303 de IVA a lo largo del año.

Quién está exonerado

Aquí está la parte que más dudas genera. Están exonerados de presentar el modelo 390, entre otros:

  • Quienes presentan el 303 y realizan exclusivamente actividades en régimen simplificado (módulos) y/o arrendamiento de inmuebles urbanos. En lugar del 390, rellenan un apartado específico con la información anual en el 303 del cuarto trimestre.
  • Quienes están en el Suministro Inmediato de Información (SII), porque ya envían el detalle de sus facturas a Hacienda de forma continua.

Ojo: estar exonerado del 390 no significa que la información desaparezca, sino que se aporta por otra vía. Si tu caso no encaja claramente en un supuesto de exoneración, lo más probable es que sí tengas que presentarlo.

Su relación con el modelo 303

Esta es la idea central: el 390 es la suma de tus cuatro 303. Las bases y las cuotas declaradas durante el año deben coincidir con los totales del resumen anual. Si no cuadran, es señal de que en algún trimestre hubo un error —una factura mal registrada, un tipo de IVA equivocado, una rectificación no reflejada— y ese descuadre es justo lo que Hacienda detecta al cruzar las dos cosas.

Por eso el 390 es, en el fondo, una prueba de coherencia de todo tu año de IVA.

Plazo de presentación

El modelo 390 se presenta del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio que resume, en el mismo periodo que el modelo 303 del cuarto trimestre. Si el último día es inhábil, se traslada al siguiente día hábil.

Qué información incluye

A grandes rasgos, el 390 recoge:

  • El IVA devengado: bases y cuotas de lo que facturaste, por cada tipo impositivo.
  • El IVA deducible: bases y cuotas de tus compras y gastos, distinguiendo bienes corrientes de bienes de inversión.
  • El resultado de las liquidaciones de los cuatro trimestres.
  • El volumen de operaciones del año y el detalle por actividades.
  • Datos de prorrata y regímenes especiales, si te aplican.

De dónde salen los errores

Casi todos los problemas del 390 no nacen en enero, nacen durante el año:

  • Descuadres con los 303. El error estrella. Si un trimestre se declaró mal y no se corrigió, el resumen anual lo destapa.
  • Facturas rectificativas mal reflejadas. Un abono o una corrección que se registró en un trimestre pero no en el otro descuadra el total.
  • Tipos de IVA equivocados. Mezclar 21%, 10% y 4% en las casillas incorrectas cambia las bases por tipo.
  • Gastos con IVA no deducible tratados como deducibles. Infla el IVA soportado del año.
  • Llegar a enero sin las facturas del año cuadradas. Reconstruir doce meses a última hora es la vía rápida al descuadre.

Cómo te ayuda Contabilify

El 390 sale bien cuando cada trimestre salió bien. Contabilify mantiene tus facturas digitalizadas y con sus datos extraídos, separando el IVA repercutido del soportado y acumulando las cifras del año. Así, cuando llega enero, los totales de IVA que necesitas para cuadrar el resumen anual con tus cuatro 303 son una consulta, no una tarde de archivador. Es una ayuda orientativa para que tú o tu gestor trabajéis sobre datos ya ordenados, no un sustituto del asesoramiento profesional.

Preguntas frecuentes

¿Se paga algo con el modelo 390?

No. El modelo 390 es una declaración informativa: resume el IVA del año, pero no genera ingreso ni devolución. El resultado económico ya se liquidó en los modelos 303 trimestrales.

¿Quién está exonerado de presentar el modelo 390?

Entre otros, quienes presentan el 303 y solo tienen actividades en régimen simplificado y/o arrendamiento de inmuebles urbanos —que rellenan un apartado del 303 del cuarto trimestre en su lugar— y quienes están acogidos al SII.

¿Cuándo se presenta el modelo 390?

Del 1 al 30 de enero del año siguiente al que resume, coincidiendo con el plazo del modelo 303 del cuarto trimestre.

¿Qué diferencia hay entre el modelo 303 y el 390?

El 303 es la autoliquidación trimestral con la que pagas o compensas el IVA. El 390 es el resumen anual informativo: no se paga nada con él, solo recopila y debe cuadrar con los cuatro 303 del año.

¿Qué pasa si el 390 no cuadra con los 303?

Un descuadre entre el resumen anual y las autoliquidaciones trimestrales es una de las señales que Hacienda detecta con facilidad y puede derivar en un requerimiento. Por eso conviene revisar que las bases y cuotas coincidan antes de presentarlo.

Nota

Este artículo es una guía divulgativa de carácter general y no constituye asesoramiento fiscal, contable ni legal. Los supuestos de exoneración, los plazos y el contenido del modelo pueden cambiar con la normativa y variar según tu caso. Verifica la información vigente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y contrasta tu situación con un profesional.

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